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Guía para dar de alta una vivienda turística en Andalucía

Tenemos una vivienda y queremos alquilarla de forma vacacional o temporal. Qué requisitos tenemos que cumplir para encajarla dentro de la ley ?

A fecha de hoy,  la vivienda se puede alquilar de tres formas diferentes, y cada una de ellas, lleva asociada una normativa. Dejaremos de lado la vivienda de larga estancia ( dedicada a vivienda permanente) y nos centraremos en la vivienda de temporada ( mas de dos meses y menos de un año ) y, sobre todo, en la vivienda vacacional ( por menos de 2 meses )

En los últimos año, la vivienda  ha sido un problema en nuestra sociedad y las distintas administraciones han ido tomando ciertas medidas ( normativas ) que se aplican directamente en nuestra vivienda en mayor o menor medida

No es lo mismo una vivienda vacacional en una capital de provincia, que en Matalascañas. En una ciudad con problema habitacional, y el ayuntamiento interviene con medidas que coaccionan la existencia de la misma, aplicando un canon a servicios necesarios como puede ser el agua o la basura. Aún así, en la ciudad puramente vacacional , existe una normativa que se debe cumplir

Para ampliar información, hacer clic en los siguientes enlaces

 

Dentro de la actividad vacacional encontramos diferentes actores que juegan un determinado roll , con repercusiones en nuestra actividad y rentabilidad económica

1º Hacienda. -> Independientemente de factores legales ( sea legal o no la vivienda ), tenemos que declarar los ingresos que conste en nuestro movimiento bancario. Por resumir, si tenemos un ingreso de 900€ en nuestro banco y tenemos una inspección de Hacienda por algún motivo que no viene al caso, tenemos que justificar ese ingreso. Que la vivienda esté de alta o no, digamos que No le importa a Hacienda

2º Ayuntamiento. Si la vivienda está en una zona tensionada, el ayuntamiento puede tener una normativa específica que limite la libertad a la hora de alquilar la vivienda. Es recomendable que se haga la consulta, pero a priori, en zonas sin problema habitacional, no existe limitación

3º Registro en la junta de Andalucía. El objetivo de la junta es asegurar que la vivienda existe y que tiene una serie de elementos que aseguran una estancia confortable. Es el famoso código RTA, que se obtiene con el certificado digital. Dejo enlace para obtener la licencia turística en Andalucía. Dentro de esta sección hay una apartado muy interesante sobre Viviendas de uso turístico. Preguntas frecuentes

Registro único en la ventanilla única digital. En este caso, el actor es la Unión Europea, que , estableciendo una normativa específica para viviendas de temporada y vacacional, requiere la obtención de un código que debe solicitarse en el registro de la propiedad correspondiente a la zona de  nuestra vivienda

5º Ministerio de Interior. En este caso, el objetivo difiere fundamentalmente  de los dos anteriores. Por seguridad ciudadana, debemos hacer un registro de las personas que alojamos en nuestra vivienda. Tenemos que registrar nuestra vivienda y luego, en el plazo de 24 horas de la entrada de los huéspedes, entrar ciertos datos de todas las personas mayores que van a ocupar la vivienda. La Web es Servicio de Hospedaje del Ministerio. Los datos a incluir son función de la categoría del elemento . Se puede ver en datos de SES

 

La alternativa, desde nuestro punto de vista es clara y son:

  1. Vendemos la vivienda. Factores como plusvalías y destino del dinero son los factores a considerar
  2. La disfrutamos nosotros. Buena opción si los ingresos de la vivienda no son importantes en la economía domestica
  3. La alquilo a conocidos y/o con carteles en la frutería. Vale, es otra opción, y parece ser que podríamos evitar el apartado 3 (RTA ) y 4 ( registro propiedad ), pero el resto de apartados son de aplicación obligatoria. Esto es una mera interpretación de noticias y consultas que se han formulado a la administración, pero puede cambiar en cualquier momento. No debe tomarse como algo firme. Además, en este caso, estamos limitado a un turismo de cercanía, perdiendo clientes de otras zonas de España
  4. Nos ponemos al tajo. Muchas vivienda ya tienen el RTA y, por tanto, obtener el código en el registro de la propiedad es sencillo. Quizás sea la mejor opción de todas, porque vamos a tener nuestra vivienda totalmente legalizada, cubiertos por la ley, evitando amenazas de inquilinos por no tener la casa legalizada y obtener una renta que, en la mayoría de los hogares vienen muy bien

Si tiene certificado digital, el alta para obtener el RTA es sencillo. Si no lo tiene o tiene dificultades en obtener el registro, tenemos un servicio jurídico para obtener cada uno de los requisitos que se solicitan. Una vez que se obtiene, su vivienda estará totalmente legalizada. Ver tarifas
Una vez obtenido el RTA, que requisitos debe cumplir la vivienda
Dejamos el link de la junta al respecto
 

 Recordamos que la página oficial donde se especifican los requisitos que debe tener su vivienda se encuentra en Requisitos y servicios comunes de las viviendas de uso turístico. Detallamos algunos de los puntos, con opiniones sobre los mismos. Decir que muchos de ellos se encuentran en Amazon, con envío rápido. A veces, son  mas caros que en otros sitios, es cuestión de buscarlos en otras Web si "no corre prisa".

  1. Extintores. Siempre podemos tener un imprevisto y este elemento nos puede salvar de tener un disgusto. En Amazon tenemos varios modelos. Tener en cuenta que los extintores tienen fecha de caducidad
  2. Detector de humos. Se debe colocar en la cocina, pero no cerca del fuego de cocinar. Siempre en la parte alta de la cocina, en techo. Algunos son muy económicos y otros forman parte de alarmas, como es el modelo fireprotect 2  de la alarma  AJAX ( muy recomendable para proteger la vivienda )
  3. Aire acondicionado. La norma dice que puede ser fijos o portátiles. Se debe tener en dormitorios  y salón. Recomiendo que se instalen según las circunstancias particulares. Por ejemplo, en el salón es recomendable fijo de la marca que se ajuste a su presupuesto. En el dormitorio principal iría a una buena marca como  Mitsubishi, que nos asegura buen rendimiento, y sobre todo, un sonido muy bajo, muy agradecido en las noches de verano. En dormitorios "menos importante", se pueden poner equipos portátiles, que los podemos encontrar a buen precio y evitamos el gasto de la instalación.
  4. Extractores de aire en baño. Si los baños no tienen ventana, se deben instalar extractores en el conducto de salida de aire del baño. No suelen ser caros y se pueden  encontrar a partir de 12 € (iluminashop ) , leroy merlin o amazon, entre otros
  5. Hoja de reclamaciones. Tenemos que tener una copia en papel para posibles reclamaciones de los clientes. A facha de 28 de Febrero de 2025, dejamos este modelo de reclamación  ( comprobar si está actualizado )
  6. Botiquín de primeros auxilios. Incorporamos elementos básicos de primero auxilio, como agua oxigenada, tiritas, tijeras, vendas, etc. No incluir medicamentos
  7. Disponer de información turística. Se puede dejar folletos de actividades turísticas de la zona, tarjetas de restaurantes, etc. Otra opción es ofrecerlo online, para lo cual nos puede mandar la información y nosotros añadirla a su anuncio
  8.  Instrucciones de funcionamiento de electrodomésticos u otros dispositivos. Recomendamos hacer un documento y pasarlo a pdf, donde se muestre , por medio de fotos y texto, el funcionamiento básico de tv, lavadora, lavavajillas, etc. Es obligatorio, pero está bien tenerlo, porque nos evita llamadas innecesarias

Hemos indicado aquellos apartados mas destacables. No obstante, se ruega que consulten la Web de turismo de Andalucía, mencionada antes, donde se detallan con mas extensión , los requisitos necesarios.

La manera más económica de dar de alta la vivienda en turismo y obtener el registro único, es con el certificado digital, como ya hemos comentado. NO obstante, queremos facilitar a nuestros clientes la legalización de la vivienda y por ello, tenemos un servicio de gestión administrativa, dando unos precios especiales a nuestros clientes

las tarifas son:

  1. Registro RTA ( junta de Andalucía ). 80 € mas IVA ( 120 si no es cliente )
  2. Registro único. 50 € por tasas mas 50 € mas IVA por gestión. ( Si no es cliente 100 €  mas 50 de tasas)

 

 

 

 

 

 

 

 

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